domingo, 23 de junio de 2013

COLABORACIÓN ¡Coordinemos




J.A.CORRACHÁN
Con fecha 21 del presente mes, recibí una carta como presidente de la Asociación de Vecinos AVANA suscrita por el denominado Coordinador de Participación Ciudadana -ex concejal de nuestro Ayuntamiento- con papel timbrado -que no afinado según mi opinión- en la que me recuerda en su primer párrafo que cada ejercicio debo presentar una serie de documentos, según me obliga el Artº 20.3 del Reglamento de Participación Ciudadana.

Seguidamente me advierte que dispongo de un mes para su presentación, es decir día arriba, día abajo, hasta el 21 de Julio próximo.

Hasta aquí, todo correcto, llevadero, admisible, realizable, soportable y tolerable ¡no faltaba más!. Me recuerda un incumplimiento cierto y me da un plazo adecuado para  subsanar el olvido. Vamos bien.

Pero mira por donde la misiva en cuestión empieza a tomar un tono boliviano tirando a venezolano incluso mas bien diría castrista. Más claramente,  empiezan las amenazas -caso de incumplimiento- sigue con las consideraciones de una inactividad inexistente y termina con el dramático, horroroso y espeluznante final de “se procederá de oficio a su baja del registro”.

Uno, llevado de su buen humor piensa, será que el Coordinador se ha alistado a la farándula (habida cuenta de que más de un ayuntamentista practica el pluriempleo) pero luego vuelve a leer la misiva objeto de estas líneas y... y pierde el buen humor, pierde incluso la paciencia. Reflexiona sobre el contenido y fondo de la carta y piensa, pues parece que va en serio el asunto. Es entonces cuando comienza a preocuparse, cuando surgen los primeros síntomas de angustia y desasosiego, cuando comienza la intranquilidad, incluso llega a un punto en ese remolino de sentimientos encontrados que piensa ¿será verdad que existe el Coco? porque...

Pero un momento, antes de seguir voy a transcribir uno de sus párrafos que no tiene desperdicio alguno: “”Igualmente deberá presentar la relación de sus asociados, con el fin de un mayor conocimiento de este Ayuntamiento, y de una mejor comunicación con los mismos””.

Si coordinar es combinar, armonizar, compaginar, incluso acomodar, tengo claro que el Coordinador ni coordina, ni armoniza, no compagina ni acomoda, puesto que intenta hacer prevalecer un Reglamento sobre una Ley, lo cual implica según mi parecer un desconocimiento absoluto de los mas simples principios legales.

Su tono dogmático, autoritario y tajante “...igualmente deberá...” está incitándome a incumplir una Ley que hoy por hoy está por encima en valor y nivel a cualquier Estatuto que se oponga a ella.

El tema es bien sencillo, si el Coordinador antes de escribir estas líneas objeto de mi crítica hubiera leído la Ley Orgánica de Protección de Datos de 13 de Diciembre de 1999, hubiera entendido que para ceder los datos que exige es necesario obtener de cada uno de los asociados un consentimiento expreso, tácito, inequívoco y por escrito. Hubiera visto que la finalidad con la que intenta cubrir la cesión de datos no esta legitimada, en tanto en cuanto el Ayuntamiento tiene para su conocimiento y comunicación  con los vecinos el Padrón Municipal de toda la vida, por tener tiene la posibilidad de re instaurar al Pregonero con su trompetita más o menos afinada pero eso sí, pulida, pulcra y dorada recreando de esta forma un puesto de trabajo digno... Independientemente de que la vecina o el vecino pertenezca a una Asociación, Club o Agrupación, como la información que exige el Coordinador no es relativa a la salud, no tiene un fin histórico, no pretende un  objetivo científico, no existe a mi pobre entender pueblerino razón alguna que justifique su exigencia. En todo caso y como está previsto y legislado puede pedir -sin exigencias o amenazas- el número de afiliados a nuestra Asociación.

Para ser más preciso voy a referirme a la Ley 14/2008 de 18 de Noviembre de 2008 de la Generalitat (DOCV Título II, Capítulo I, Artículo 16. Obligaciones documentales. Apartado 2 -página 87879) que dice:

A los meros efectos de poder determinar la representatividad de las asociaciones en materia de subvenciones y ayudas públicas, las asociaciones deberán comunicar  a las administraciones públicas que lo soliciten a tales efectos, el número actualizado de sus asociados y asociadas, mediante certificación del órgano de la misma que estatutariamente tenga tal facultad atribuida.

En definitiva y por no aburrir al lector, señor Coordinador, ruégole, suplícole, pídole que por esta vez no me coordine hasta el extremo de tratar de llevarme al huerto del delito involuntario basándose en mi presunta ignorancia, al incurrir en una falta grave contra la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, al intentar que cual bobalicón le facilite relación de nuestros asociados y asociadas. Infórmese primero y coordine debida y pulcramente después acomodándose a la ley.

Por este echo concreto y alguna cosilla más, cuando oigo algo relativo al manoseado “personal de confianza” siempre me pregunto ¿de confianza..., de confianza de quién? ¿de los vecinos no, porque no lo eligieron? ¿tal vez de los funcionarios? Imposible a todas luces porque ellos tuvieron que demostrar sus conocimientos y valía ante un Tribunal, ¿serán entonces de confianza de los políticos que los eligen, arropan y miman? ¿son expertos sin título? ¿acaso bachilleres sin estudios? Ante mis serias y profundas dudas, me pregunto, entonces ese capricho de la Brigada de la Confianza ¿porqué no lo pagan con su dinero?... ?no estarán pagando favores personales con dinero público?... Confianza y conocimiento adecuado no parecen andar de la mano.

Como dice el refrán, en este mundo traidor, nada es verdad ni es mentira, siempre llega un momento en el que por jugar con lo ajeno, unos pierden el pan y otros pierden al perro (o algo parecido. Lo siento no estoy coordinado). ¡Feliz coordinación, amigos!.


                                                                                                            J.L.  CORRACHÁN

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