J.A.CORRACHÁN |
Seguidamente me advierte que dispongo de un mes para
su presentación, es decir día arriba, día abajo, hasta el 21 de Julio próximo.
Hasta aquí, todo correcto, llevadero, admisible,
realizable, soportable y tolerable ¡no faltaba más!. Me recuerda un
incumplimiento cierto y me da un plazo adecuado para subsanar el olvido. Vamos bien.
Pero mira por donde la misiva en cuestión empieza a
tomar un tono boliviano tirando a venezolano incluso mas bien diría castrista.
Más claramente, empiezan las amenazas
-caso de incumplimiento- sigue con las consideraciones de una inactividad inexistente
y termina con el dramático, horroroso y espeluznante final de “se procederá
de oficio a su baja del registro”.
Uno, llevado de su buen humor piensa, será que el
Coordinador se ha alistado a la farándula (habida cuenta de que más de un
ayuntamentista practica el pluriempleo) pero luego vuelve a leer la misiva
objeto de estas líneas y... y pierde el buen humor, pierde incluso la
paciencia. Reflexiona sobre el contenido y fondo de la carta y piensa, pues
parece que va en serio el asunto. Es entonces cuando comienza a preocuparse,
cuando surgen los primeros síntomas de angustia y desasosiego, cuando comienza
la intranquilidad, incluso llega a un punto en ese remolino de sentimientos
encontrados que piensa ¿será verdad que existe el Coco? porque...
Pero un momento, antes de seguir voy a transcribir
uno de sus párrafos que no tiene desperdicio alguno: “”Igualmente deberá
presentar la relación de sus asociados, con el fin de un mayor conocimiento de
este Ayuntamiento, y de una mejor comunicación con los mismos””.
Si coordinar es combinar, armonizar, compaginar,
incluso acomodar, tengo claro que el Coordinador ni coordina, ni armoniza, no
compagina ni acomoda, puesto que intenta hacer prevalecer un Reglamento sobre
una Ley, lo cual implica según mi parecer un desconocimiento absoluto de los mas
simples principios legales.
Su tono dogmático, autoritario y tajante “...igualmente
deberá...” está incitándome a incumplir una Ley que hoy por hoy está por
encima en valor y nivel a cualquier Estatuto que se oponga a ella.
El tema es bien sencillo, si el Coordinador antes de
escribir estas líneas objeto de mi crítica hubiera leído la Ley Orgánica de
Protección de Datos de 13 de Diciembre de 1999, hubiera entendido que para
ceder los datos que exige es necesario obtener de cada uno de los asociados un
consentimiento expreso, tácito, inequívoco y por escrito. Hubiera visto que la
finalidad con la que intenta cubrir la cesión de datos no esta legitimada, en
tanto en cuanto el Ayuntamiento tiene para su conocimiento y comunicación
con los vecinos el Padrón Municipal
de toda la vida, por tener tiene la posibilidad de re instaurar al Pregonero
con su trompetita más o menos afinada pero eso sí, pulida, pulcra y dorada
recreando de esta forma un puesto de trabajo digno... Independientemente de que
la vecina o el vecino pertenezca a una Asociación, Club o Agrupación, como la
información que exige el Coordinador no es relativa a la salud, no tiene un fin
histórico, no pretende un objetivo
científico, no existe a mi pobre entender pueblerino razón alguna que justifique
su exigencia. En todo caso y como está previsto y legislado puede pedir -sin
exigencias o amenazas- el número de afiliados a nuestra Asociación.
Para ser más preciso voy a referirme a la Ley
14/2008 de 18 de Noviembre de 2008 de la Generalitat (DOCV Título II, Capítulo
I, Artículo 16. Obligaciones documentales. Apartado 2 -página 87879) que dice:
A los
meros efectos de poder determinar la representatividad de las
asociaciones en materia de subvenciones y ayudas públicas, las asociaciones
deberán comunicar a las administraciones
públicas que lo soliciten a tales efectos, el número actualizado de
sus asociados y asociadas, mediante certificación del órgano de
la misma que estatutariamente tenga tal facultad atribuida.
En definitiva y por no aburrir al lector, señor
Coordinador, ruégole, suplícole, pídole que por esta vez no me coordine hasta
el extremo de tratar de llevarme al huerto del delito involuntario basándose en
mi presunta ignorancia, al incurrir en una falta grave contra la Ley Orgánica
de Protección de Datos Personales, al intentar que cual bobalicón le facilite
relación de nuestros asociados y asociadas. Infórmese primero y coordine debida
y pulcramente después acomodándose a la ley.
Por este echo concreto y alguna cosilla más, cuando
oigo algo relativo al manoseado “personal de confianza” siempre me pregunto ¿de
confianza..., de confianza de quién? ¿de los vecinos no, porque no lo
eligieron? ¿tal vez de los funcionarios? Imposible a todas luces porque ellos
tuvieron que demostrar sus conocimientos y valía ante un Tribunal, ¿serán
entonces de confianza de los políticos que los eligen, arropan y miman? ¿son
expertos sin título? ¿acaso bachilleres sin estudios? Ante mis serias y
profundas dudas, me pregunto, entonces ese capricho de la Brigada de la
Confianza ¿porqué no lo pagan con su dinero?... ?no estarán pagando favores
personales con dinero público?... Confianza y conocimiento adecuado no parecen
andar de la mano.
Como dice el refrán, en este mundo traidor, nada es
verdad ni es mentira, siempre llega un momento en el que por jugar con lo
ajeno, unos pierden el pan y otros pierden al perro (o algo parecido. Lo siento
no estoy coordinado). ¡Feliz coordinación, amigos!.
J.L. CORRACHÁN
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