miércoles, 5 de junio de 2013

PARA EVITAR UN PUCHERAZO, JUAN ANGEL FERRER DESEA PERTENECER A LA COMISIÓN CREADA A DEDO POR GEMA PARA EL TEMA DE FOIETES

Para evitar el posible pucherazo


JUAN ÁNGEL FERRER


DESEA PERTENECER A LA COMISIÓN PARA EN TEMA DE FOIETES


Aunque sabemos conm que clase de demócratas nos la estamos jugando suponemos que no tendrán la cara dura política de marginar a un representante del pueblo. Juan Ángel Ferrer, como edil, tiene todo a su favor para pertenecer a esa dudosa COMISIÓN que se ha formado de un modo parcial y que sus componentes no son presuntamente de fiar por sus connotaciones políticas con en poder establecido.

En Concejo Vecinal tiene que definirse de una vez, o esta con los intereses de los ciudadanos o no y, como ya adelantamos el su día, este organismo tiene la santa obligación de crear otra COMISIÓN DE VECINOS para controlar a la decretada arbitrariamente por Gema Amor.
Espero que se recapacite sobre este delicado asunto que lleva camino de ser un hecho presuntamente corrupto.

Benidorm, a 6 de junio de 2013


Sr. Alcalde
Excmo. Ayuntamiento de Benidorm
Benidorm


Muy Sr. Mío:

Tras haberlo solicitado en la pasada Comisión Informativa de Régimen Interior del día 27 de mayo de 2013, he recibido el correspondiente informe jurídico del Sr. Secretario General Provisional sobre la propuesta de la Sra. Gema Amor Pérez al Pleno de creación de una  Comisión de investigación sobre la expropiación de un terreno sito en Ptda. Foietes. Dicha propuesta recoge la solicitud de dos miembros del Consejo Vecinal, presentada el pasado 29 de abril de 2013.

En el informe jurídico, se soporta el modelo de Comisión de investigación que propone la Sra. Concejala. No obstante, en la participación de los diferentes miembros de la Corporación no se incluye al Concejal que suscribe, hecho que no considero adecuado, especialmente cuando se trata de obtener la mayor información y representatividad y la mayor transparencia en un asunto tan importante para este Ayuntamiento.

Me permito recordarle que el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, establece en su artículo 124 en su punto 1 que las Comisiones informativas pueden ser permanentes y especiales y en el punto 3 que son Comisiones informativas especiales las que el Pleno acuerde constituir para un asunto concreto, en consideración a sus características especiales de cualquier tipo.

Estas Comisiones se extinguen automáticamente una vez que hayan dictaminado o informado sobre el asunto que constituye su objeto, salvo que el acuerdo plenario que las creó dispusiera otra cosa.

Por otro lado, el artículo 227 manifiesta que a las sesiones de las Comisiones Informativas podrá convocarse, a los solos efectos de escuchar su parecer o recibir su informe respecto a un tema concreto, a representantes de las asociaciones o entidades a que se refiere el artículo 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, entre las que se encuentra obviamente cualquier componente del Consejo Vecinal de Benidorm.

Por ello, y respetando lo establecido en el Reglamento Municipal de Participación Ciudadana, especialmente su artículo 29, y el propio comunicado del Consejo Vecinal del día 29 de abril de 2013, en aras de una mas amplia base legal y de una mayor participación y transparencia política, le propongo que dicha Comisión se constituya:

1º. Permitiendo mi participación como vocal de la Comisión, en base al artículo 23 de la Constitución Española, o

2º. Como una Comisión Informativa Especial, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y la  Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana, configurándose con la misma composición que tienen las Comisiones informativas permanentes. A dicha Comisión Informativa Especial, será convocado el Vicepresidente del Consejo Vecinal, así como aquellas otras personas representantes de las asociaciones o entidades referidas en el artículo 72 de la Ley 7/1985, logrando así una mayor participación ciudadana.

Esperando que acceda a mi solicitud, reciba un cordial saludo.

Atentamente,




         JUAN ANGEL FERRER AZCONA
            CONCEJAL NO ADSCRITO









         

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